Texto: Francisco Fernández Díez •
Socio del área laboral de KPMG Abogados •

La redacción de los RDL genera múltiples dudas en aspectos relevantes y ya empiezan a encontrarse sentencias con pronunciamientos dispares.

Francisco Fernández Díez
Francisco Fernández Díez

La regulación que vía Real Decreto-Ley ha venido aprobando el Gobierno desde el mes de marzo de 2020 para tratar de hacer frente a los destructivos efectos de la COVID-19 sobre el empleo, presenta en muchos casos una redacción que genera múltiples dudas en aspectos relevantes. Ello coloca a las empresas, ya de por sí sacudidas por los efectos de la pandemia en sus negocios, ante una inseguridad jurídica que complica la toma de decisiones en materia de recursos humanos en muchos casos necesarias para la propia viabilidad de la compañía. Una de las materias cuya regulación es incompleta y sigue generando discusiones doctrinales y dudas en su aplicación práctica es la denominada “salvaguarda del empleo” que impone a aquellas empresas que han implementado un ERTE con exoneraciones en las cuotas de Seguridad Social, la obligación de mantener el nivel de empleo durante los 6 meses siguientes a la recuperación de la actividad. Esta obligación de mantenimiento del empleo se incluyó en la DA 6ª del Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo y se ha venido matizando y complementando en diversos RD-Leyes posteriores con la intención de solventar las incertidumbres que plantea su regulación. Sin embargo, existen todavía incertidumbres que siguen sin resolver.

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