El “Estatuto del Becario” se aborda en la mesa del diálogo social, como si se tratase de un nuevo tipo de contrato de trabajo, en lugar de hacerlo desde la perspectiva académica

Texto: REDFUE – Carmen Palomino
Directora de operaciones de la Fundación Universidad Empresa •

Carmen Palomino, Directora de operaciones de la Fundación Universidad Empresa
Carmen Palomino

El pasado jueves, 27 de octubre, el Ministerio de Trabajo anunció que aplazaba el Estatuto del Becario para atraer a la CEOE. Esto que puede parecer una buena noticia, porque intenta retomar el diálogo social, vuelve a caer en el error de base que nos ha traído hasta el punto en el que nos encontramos. El denominado “Estatuto del Becario” es una normativa que, a nuestro parecer, se ha planteado desde una perspectiva errónea, puesto que se está tratando en la mesa del diálogo social (sindicatos, patronal y Ministerio de Trabajo), como si se tratara de un nuevo tipo de contrato de trabajo, en lugar de hacerlo desde la perspectiva académica, entre el Ministerio de Educación y el de Universidades, con la comunidad universitaria. Se está tratando desde una óptica laboral una actividad puramente académica. Compartimos la postura de la Conferencia de Rectores Universitarios de España ( CRUE) al afirmar que “Esta incomprensible laboralización de una actividad que es pura y esencialmente académica no tiene nada que ver con la mejora de la protección en Seguridad Social de los estudiantes en prácticas cuando reciben durante su desarrollo una beca –no un salario, porque si hay salario, es contrato de trabajo y no práctica académica– o con la necesidad de regular adecuadamente el desarrollo de las prácticas para evitar un posible uso incorrecto de las mismas”. Deberíamos recordar que la figura del estudiante en prácticas es una figura que viene siendo regulada en nuestro país desde el año 1981, año en el que por primera vez un estudiante pudo hacer prácticas en empresas, a través de los denominados “Programas de Cooperación Educativa”. En este sentido, en el año 2014, se hizo una profunda revisión de esta figura, a través del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, que regula “las prácticas académicas externas”.

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