La Segunda Directiva de Insolvencias: Parece que ahora sí

La Directiva, que armoniza seis relevantes aspectos de la legislación europea en materia de insolvencia, debe aprobarse en este primer semestre y transponerse en 33 meses

José Carlos González Vázquez

José Carlos González Vázquez

Parece que este 2026 que acabamos de empezar nos traerá, finalmente, la aprobación y entrada en vigor de la Segunda Directiva UE en materia de Insolvencias, que busca armonizar una serie de aspectos heterogéneos de las normativas concursales europeas, para mejorar la recuperación de los acreedores, facilitando las decisiones de los inversores internacionales al reducir el coste de analizar las diferencias regulatorias entre los 27 Estados miembros, a fin de conseguir un verdadero mercado único de capitales. En efecto, esta iniciativa, anunciada ya en septiembre de 2020, se enmarca dentro de la prioridad de la Comisión por avanzar en la integración financiera y económica en la UE puesto que las distintas prácticas de insolvencia se habían identificado por el Fondo Monetario Internacional en 2019 como una de «las tres barreras clave para una mayor integración del mercado de capitales en Europa» y la EBA en 2020 había subrayado como las sustanciales diferencias entre los procedimientos de insolvencia entre los miembros de la UE se reflejaban en el tiempo medio de recuperación –entre 0,6 y 7 años– y en los costes judiciales –entre el 0% y más del 10%– por lo que la armonización del Derecho de la insolvencia paso a considerarse un aspecto esencial para alcanzar una verdadero mercado de capitales unificado, en la medida que unas normas concursales armonizadas y más eficientes incrementarían la seguridad jurídica para los inversores internacionales, reduciendo costes y facilitando así las inversiones transfronterizas.

Para acceder a este contenido, necesita una suscripción a la Revista Consejeros, vea los “PLANES DE SUSCRIPCIÓN”.
Si ya dispone de una suscripción debe “INICIAR SESIÓN”.

Sobre Consejeros 331 artículos
En derecho español, los administradores son, por delegación de las juntas, los responsables últimos del gobierno societario. Administradores, llamados "CONSEJEROS", aunque no aconsejan al presidente sino que lo eligen de entre ellos. En CONSEJEROS queremos contar qué piensan, y por qué, quienes administran nuestros capitales, nuestros votos y nuestros derechos en las grandes sociedades cotizadas, y en las grandes instituciones surgidas para defendernos y representarnos, para marcar el rumbo.